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¡No a las armas láser!
por Christina Grisewood |
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septiembre del año pasado, gracias a la movilización
de particulares y diversas agrupaciones, un arma nueva y repugnante
fue objeto de rechazo mundial. Mediante una decisión
que sienta un precedente histórico, los gobiernos reunidos
en Viena prohibieron el uso y la transferencia de las armas
láser que causan ceguera, lo que supone una gran victoria
humanitaria. Aun así, la guerra dista de haber acabado. |
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En la novela Debt of Honor, el escritor Tom Clancy
describe una escena en la que un grupo de agentes de la CIA
en misión clandestina en Japón utilizan un aparato
muy liviano, alimentado por pilas y que parece un equipo fotográfico,
para enceguecer a los pilotos de un avión militar que
se apresta a aterrizar; privados de la vista en un instante,
pierden el control del aparato, que se estrella y se desintegra
en medio de una inmensa bola de fuego. Muchos lectores habrán
pensado que Clancy daba muestras de una imaginación
desbordante, o que se había inspirado de La guerra
de las galaxias. Desgraciadamente, no era así
porque cuando publicó esa novela la realidad ya había
alcanzado la ficción. A comienzos del decenio, las
armas láser habían pasado de la fase de proyecto
a la de ensayo, y poco faltaba para que comenzara la producción
industrial.
El éxito de la campaña lanzada por el CICR
y secundada por las Sociedades Nacionales y diversas ONG permite
esperar que nunca se fa-briquen. En la Conferencia de Examen
de la Convención de 1980 de las Naciones Unidas sobre
Ciertas Armas Convencionales, los Estados Partes en dicha
Convención aprobaron un nuevo instrumento de derecho
humanitario que prohíbe la utilización de armas
láser destinadas a causar ceguera.
Esta es la segunda vez en la historia en que, por motivos
humanitarios, se prohíbe un arma antes de comprobar
sus efectos en el campo de batalla. La primera fue la prohibición
de las balas explosivas, en virtud de la Declaración
de San Petersburgo de 1868. Además, es la primera vez
que un instrumento de derecho humanitario prohíbe el
uso y la transferencia de un arma.
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¿Por
qué?
Cabe preguntarse por qué motivos se optó por
la prohibición de un arma en particular, sabiendo que
en los arsenales del mundo sobran armas que matan y causan
heridas en una escala cada vez mayor.
Uno de los criterios humanitarios para proscribir un arma
es que provoque “daños superfluos o sufri-mientos
innecesarios”, escasamente relacionados con los objetivos
militares. La ceguera tiene carácter permanente y es
mucho más debilitante que la mayoría de las
demás lesiones bélicas. Dado que la vista proporciona
entre 80% y 90% de los estímulos sensoriales del ser
humano, la ceguera repentina deja a la víctima casi
completamente incapaz de trabajar o de desenvolverse en forma
independiente, y requiere una asistencia considerable, que
por regla general no recibe en medio de la guerra. La tasa
de recuperación de otras lesiones de guerra asciende
a un 60% pero la ceguera causada por rayos láser es
irreversible.
Ahora bien, éste no es el único argumento de
peso para prohibir estas armas ya que por la facilidad de
fabricación en gran escala, el pequeño tamaño,
el peso reducido y el hecho de que no necesitan municiones,
podrían convertirse en las armas preferidas de movimientos
insurgentes, terroristas y criminales. Incluso quienes abogaban
por el “uso legítimo” de las mismas no
pudieron negar la siniestra posibilidad de que cayeran en
“malas” mano. |
Reseña
de las armas láser que causan ceguera
Principios del decenio 1980: Comienzan a
utilizarse armas láser que requieren muchísima
energía y cuyo tamaño dificulta el transporte.
Fines del decenio 1980: Los avances en la
técnica de acumuladores permiten fabricar fusiles láser
portátiles, de manejo simple y baratos. Se experimentan
funciones “antipersona” tales como causar ceguera
permanente.
1986: Durante la XXV Conferencia Internacional
de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, Suecia y Suiza manifiestan
inquietud por las armas cegadoras. Se pide que el CICR estudie
el problema.
1989-1991: El CICR organiza cuatro reuniones
de expertos para suscitar interés por el tema y recabar
información. Posteriormente, recomienda que causar
ceguera como método de guerra, sea prohibido por el
derecho internacional.
1993: El CICR publica Armas que causan ceguera
pero el tema sigue interesando poco.
Fines de 1993: Se decide convocar a una Conferencia de Examen
de la Convención de 1980 de la ONU sobre Ciertas Armas
Convencionales. El CICR emprende una campaña pública,
secundada por las Sociedades Nacionales y muchas ONG.
Fines de 1994-principios de 1995: En las
reuniones preparatorias de la conferencia, 25 Estados apoyan
las propuestas de protocolo presentadas por Suecia y el CICR.
Primavera de 1995: Human Rights Watch informa
que en los EE.UU. se están desarrollando 10 sistemas
láser de posible uso antipersona. Una empresa china
presenta un sistema láser portátil en dos exposiciones
de armamentos.
1-9-1995: Frente a la preocupación
de la opinión pública y la prensa, el Pentágono
anuncia el cambio de postura de EE.UU. que hasta entonces
se oponía a un nuevo protocolo.
25-9-1995: Comienza en Viena la Conferencia
de Examen donde se aprueba por consenso el Protocolo que prohíbe
el uso y la transferencia y de armas láser concebidas
para causar ceguera permanente.
1996: Prosigue el esfuerzo por alentar a
los gobiernos a ratificarlo y lograr que se aplique en los
conflictos armados internos. |
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Victoria mitigada
Estos y otros argumentos predominaron en Viena, y el texto
del Protocolo, si bien no fue tan categórico como lo
hubiese deseado el CICR, se negoció en sólo
dos de las tres semanas que duró la Conferencia.
“La conciencia pública respondió al llamamiento
hecho en esta oportunidad, y lo hará de nuevo cuando
se trate de lograr la aplicación de las normas generales
del derecho humanitario”, dice Peter Herby, experto
en control de armas del CICR. “Pero no hay que olvidar
que pasaron casi 10 años entre el momento en que las
armas láser cegadoras se consideraron cuestión
de preocupación pública y la celebración
de la Conferencia que las prohibió. La prohibición
de las armas químicas se logró al cabo de 80
años. Son procesos muy lentos.”
Prohibir las armas láser que causan ceguera es un
avance alentador, pero no hay que dormirse en los laureles.
Los gobiernos han aprobado un nuevo protocolo internacional
pero tienen que ratificarlo para que entre en vigor. Además,
el acuerdo prohíbe el uso y la transferencia, pero
no la producción de estas armas; por lo tanto, al igual
que ocurre con las armas químicas y biológicas,
el peligro subsiste, aun cuando el uso sea ilegal.
Tras la sutil definición de aquello que se ha prohibido
exactamente se esconde otra dificultad. En un artículo
publicado recientemente, Robin Coupland, médico cirujano
del CICR, precisa que la prohibición de las balas dum-dum
y de las armas que causan ceguera pone de manifiesto una falla
fundamental de esta parte del derecho internacional. En ambos
casos se ha prohibido la tecnología de un arma, pero
no sus efectos sobre los seres humanos.*
En otras palabras, si se inventara una arma cegadora que
recu-rriera a otra tecnología, el uso y transferencia
de la misma serían perfectamente legales.
La Conferencia de Examen no llegó a prohibir otra
arma perniciosa, la mina terrestre antipersona. En el momento
de redactar este artículo, médicos, juristas,
militares y expertos en comunicaciones están reunidos
en Montreux, Suiza, para intercambiar informaciones sobre
un nuevo centro de atención de la ética y la
investigación médicas: los efectos de las armas
en la salud. |
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Christina Grisewood
Redactora de la División de Publicaciones del CICR. |
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