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Se
aprueba el cristal rojo |
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primeras horas del miércoles 8 de diciembre de 2005,
los representantes de los Estados Partes, reunidos en una
Conferencia Diplomática, aprobaron el Protocolo III
adicional a los Convenios de Ginebra de 1949. La historia
recordará este momento como el de la creación
del cristal rojo. |
La
creación de un emblema adicional no fue un asunto fácil
de manejar pues los aspectos políticos dominaron prácticamente
los argumentos humanitarios. La esperanza de alcanzar un consenso
quedó truncada, pero al final el voto dio una confortable
mayoría y el Protocolo III adicional se hizo realidad.
Con el término de la conferencia culminó lo
que fue un prolongadísimo debate entre los Estados
sobre los signos distintivos usados por el Movimiento de la
Cruz Roja y de la Media Luna Roja. La decisión de 1929
de reconocer tres signos distintivos se tomó con la
intención de que fuera definitiva pero en realidad
nunca lo fue. Durante años, la cuestión del
emblema volvió a surgir, sobre todo en 1949. Pero nunca
se llegó a una solución.
La cuestión pasó nuevamente a primer plano
en los años noventa. En 1992, el entonces presidente
del CICR, Cornelio Sommaruga, hizo un llamamiento público
para la creación de un emblema adicional «exento
de toda connotación religiosa, política, étnica
o de otra índole». Acto seguido, la Comisión
Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja se hizo
cargo del asunto y en 1999, en la Conferencia Internacional
de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, gobiernos y Sociedades
Nacionales instaron a que se hallara «una solución
global y duradera a la cuestión del emblema».
La solución que tenía más probabilidades
de tener éxito era la creación de otro emblema,
establecido por el Protocolo III adicional a los Convenios
de Ginebra.
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©Thierry Gassmann / CICR
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¿Y
ahora qué?
Se ha creado pues el cristal rojo, en pie de igualdad con
la cruz roja y la media luna roja, pero ahora cabe preguntarse
qué viene luego.
La firma y el proceso de ratificación para el Protocolo
prosiguen. En las semanas siguientes a su aprobación,
muchos países firmaron este instrumento pero la ratificación
llevará tiempo. El Protocolo entrará en vigor
seis meses después de que dos Estados hayan depositado
sus instrumentos de ratificación o de adhesión
ante el Gobierno suizo.
El próximo evento importante será la Conferencia
Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja el 20-21
de junio de 2006, durante la cual los Estados, las Sociedades
Nacionales, la Federación Internacional y el CICR examinarán
las modificaciones de los Estatutos del Movimiento para adaptarse
a la nueva situación.
Las enmiendas propuestas son sencillas y atañen al
artículo 3 y al artículo 4, en el que se enumeran
las 10 condiciones para el reconocimiento de las Sociedades
Nacionales. En lugar de estipular que una Sociedad Nacional
debe hacer uso «del nombre y del emblema de la Cruz
Roja o de la Media Luna Roja de conformidad con los Convenios
de Ginebra» se dirá simplemente: “hacer
uso del nombre y del emblema distintivo de conformidad con
los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales».
Se integra así el cristal rojo en los Estatutos y
se permite además el uso, por las Sociedades Nacionales,
de un doble emblema, la cruz roja y la media luna roja dentro
del cristal. Varias Sociedades Nacionales habían expresado
en el pasado el deseo de utilizar juntos ambos signos pero
el simple término «o» se los había
impedido. El Protocolo III no sólo establece el cristal
rojo, sino que permite también variar la manera en
que los Estados y sus Sociedades Nacionales pueden emplear
todos los emblemas.
Quedará mucho por hacer a nivel nacional e internacional
una vez que los Estatutos se hayan modificado. En algunos
países es posible que sea necesario efectuar algunos
ajustes de la legislación nacional para que la Sociedad
Nacional pueda tener acceso a la flexibilidad establecida
por el Protocolo. El CICR y la Federación Internacional
prestarán asesoramiento en esta labor.
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©CICR
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Un
emblema poco conocido
Para muchos, tanto dentro como fuera del Movimiento, el cristal
rojo es un dibujo poco conocido. Cabe, pues, preguntarse ¿cuándo
será una realidad para el gran público?
Todo depende de cuándo y dónde comience a emplearse
el nuevo signo distintivo. De conformidad con el Protocolo
III adicional, el CICR y la Federación Internacional
podrán emplear «temporalmente » este signo
en «circunstancias excepcionales». Los Estados
y las Sociedades Nacionales tienen la posibilidad de usarlo
también. No obstante, se dejó muy claro desde
el principio del proceso que ningún Estado o Sociedad
Nacional necesita cambiar algo porque se haya aprobado el
Protocolo, a menos que deseen o decidan emplearlo con fines
de emergencia pues su proprio emblema no se percibe de manera
neutral.
Siempre se presumió que la primera aparición
del cristal rojo sería en dos países donde las
Sociedades Nacionales no son reconocidas: Eritrea e Israel.
Israel ya confirmó que lo empleará y espera
que su Sociedad, Magen David Adom (MDA), sea reconocida en
junio y admitida posteriormente en la Federación Internacional
de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.
Tanto el CICR como la Federación Internacional desean
que el MDA pase a ser miembro de pleno derecho del Movimiento
y piensan, como muchos gobiernos participantes en la Conferencia
Diplomática que aprobó el Protocolo, que el
memorando de entendimiento, firmado entre la Media Luna Roja
Palestina (MLRP) y el MDA en noviembre de 2005, abonará
el terreno para lograr también la admisión como
miembro de pleno derecho de la MLRP.
En cuanto a las 183 Sociedades Nacionales ya reconocidas
que utilizan sea la cruz roja sea la media luna roja, uno
de los criterios para su reconocimiento, ¿estudiará
alguna de ellas la posibilidad que tienen ahora de utilizar
otro emblema?
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©CICR
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Una
nueva opción
El emblema es un tema emotivo para el Movimiento. Las Sociedades
Nacionales están muy apegadas a su identidad. El cristal
rojo crea una nueva opción, es decir, la posibilidad
para una Sociedad Nacional de emplear ambos emblemas y cambiar
su nombre para incorporar «Cruz Roja» y «Media
Luna Roja».
Es imposible decir ahora si esta posibilidad del «doble
emblema» logrará algún apoyo entre las
Sociedades Nacionales reconocidas. Algunas han expresado cierto
interés. Es una decisión importante que sólo
la puede tomar la Sociedad Nacional sobre la base de su propia
legislación nacional.
Sin embargo, no es difícil imaginar en qué
países puede cuajar la opción. Aunque se sigue
afirmando la naturaleza neutral de todos los emblemas, es
posible que los países con población multicultural
vean la conveniencia de que su Sociedad Nacional utilice la
cruz y la media luna rojas dentro del cristal rojo, lo que
además podría ampliar la influencia de ésta
y atraer más donantes y voluntarios.
En los países donde las Sociedades Nacionales no son
reconocidas, como Eritrea, es posible que opten por el uso
del doble emblema insertado en el cristal rojo. Pero por el
momento no se ha tomado ninguna decisión.
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©CICR
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Repercusiones
para el Movimiento
Es demasiado pronto para hablar de repercusiones. Quizás
el efecto más importante a corto plazo sea la universalidad
del Movimiento al integrarse nuevos miembros. Esto ha sido
prioritario para la Federación Internacional y el CICR
durante los muchos años del debate sobre el emblema.
Si el MDA, la MLRP y la Sociedad Nacional eritrea pueden integrarse
pronto, eso implicará un importante paso adelante para
el Movimiento.
A largo plazo, la aprobación del cristal rojo debería
poner fi n al peligro de la proliferación de emblemas
y al miedo de que tal tendencia debilite su función
esencial: la de proteger en el campo de batalla. Si este problema
realmente ha quedado atrás, el Movimiento habrá
cumplido, pues, el deseo de la XXVII Conferencia Internacional
de encontrar una solución global y duradera a la cuestión
del emblema.
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Ian Piper
Encargado principal de prensa del CICR en Ginebra.
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